Medios sintéticos
Sección: Tecnología generativa · Entrada revisada el 07/09/2026
Los medios sintéticos son contenidos generados o alterados de forma sustancial por sistemas automáticos en lugar de captados de la realidad.
¿Qué conviene saber?
El Reglamento europeo de IA exige identificarlos como tales frente al público.
En detalle
La expresión abarca cualquier contenido generado o alterado sustancialmente por un sistema automático, con independencia de si representa a alguien real o a una figura inventada.
El eje que importa jurídicamente no es la técnica sino la identificabilidad: un cuerpo inventado no plantea cuestión de consentimiento, y una persona reconocible sí la plantea aunque cada píxel sea sintético.
El etiquetado obligatorio del art. 50 del reglamento europeo se aplica a todo el conjunto, sea la representación de alguien real o no, y recae sobre quien publica (Reglamento (UE) 2024/1689).
Cómo se mantiene esta entrada
Esta sección describe cómo funciona el procedimiento, no cómo ejecutarlo. No publicamos instrucciones operativas, valores de parámetros ni recetas: el objetivo es que el lector entienda qué hace un servicio con su imagen y pueda juzgar si lo que promete es técnicamente posible.
Preguntas frecuentes sobre Medios sintéticos
¿Cómo se relaciona este término con el sitio?
Clothoff IA es un proyecto editorial: describe estas técnicas y servicios, no los opera y no procesa imágenes de los lectores. La metodología con la que puntuamos cada herramienta está publicada en cómo evaluamos, y el catálogo completo, con fecha de verificación en cada ficha, en apps para quitar ropa.
¿Por qué el glosario no repite la explicación en cada reseña?
Cuando un término de este glosario aparece en una reseña, el enlace apunta aquí en lugar de repetir la explicación. Así la ficha se concentra en los datos del proveedor y la definición se mantiene en un único sitio, con una sola fecha de revisión.
¿Qué imágenes se pueden usar?
Solo fotos propias o de personas mayores de edad que hayan dado su consentimiento explícito. La regla figura en todas las páginas de este sitio y su fundamento está en IA responsable. En España, difundir material íntimo de una persona sin su permiso puede constituir delito conforme al art. 197.7 del Código Penal; si el material ya circula, los canales de actuación están en reporte NCII.
¿Cuándo se revisó esta entrada por última vez?
La entrada «Medios sintéticos» se revisó por última vez el 07/09/2026. Cuando una fuente cambia, se actualiza el texto y la fecha a la vez, nunca solo una de las dos cosas. Si detectas un error o una omisión en esta definición, la vía para señalarlo es la página de contacto.