Intercambio de caras
Sección: Tecnología generativa · Entrada revisada el 07/09/2026
El intercambio de caras sustituye el rostro de una imagen por el de otra persona manteniendo la iluminación y la pose.
¿Qué conviene saber?
Aplicado a personas reales sin su consentimiento entra de lleno en el ámbito del art. 197.7 del Código Penal.
En detalle
La técnica alinea los rasgos faciales de origen y destino, transfiere la identidad y después reilumina el resultado para que encaje con la escena. Los fallos típicos aparecen en el contorno de la mandíbula y en la mirada, que suele quedar ligeramente desacoplada.
Es la operación más asociada al término deepfake en el imaginario público, y también la que más servicios ofrecen como función adicional. Varias herramientas del catálogo la incluyen en sus planes superiores.
Jurídicamente es la más expuesta de todas, porque el resultado señala inequívocamente a una persona concreta. La identificabilidad es precisamente el elemento que activa la protección del art. 197.7 del Código Penal y de la LO 1/1982 (Código Penal).
Cómo se mantiene esta entrada
Esta sección describe cómo funciona el procedimiento, no cómo ejecutarlo. No publicamos instrucciones operativas, valores de parámetros ni recetas: el objetivo es que el lector entienda qué hace un servicio con su imagen y pueda juzgar si lo que promete es técnicamente posible.
Términos relacionados
Preguntas frecuentes sobre Intercambio de caras
¿Cómo se relaciona este término con el sitio?
Clothoff IA es un proyecto editorial: describe estas técnicas y servicios, no los opera y no procesa imágenes de los lectores. La metodología con la que puntuamos cada herramienta está publicada en cómo evaluamos, y el catálogo completo, con fecha de verificación en cada ficha, en apps para quitar ropa.
¿Por qué el glosario no repite la explicación en cada reseña?
Cuando un término de este glosario aparece en una reseña, el enlace apunta aquí en lugar de repetir la explicación. Así la ficha se concentra en los datos del proveedor y la definición se mantiene en un único sitio, con una sola fecha de revisión.
¿Qué imágenes se pueden usar?
Solo fotos propias o de personas mayores de edad que hayan dado su consentimiento explícito. La regla figura en todas las páginas de este sitio y su fundamento está en IA responsable. En España, difundir material íntimo de una persona sin su permiso puede constituir delito conforme al art. 197.7 del Código Penal; si el material ya circula, los canales de actuación están en reporte NCII.
¿Cuándo se revisó esta entrada por última vez?
La entrada «Intercambio de caras» se revisó por última vez el 07/09/2026. Cuando una fuente cambia, se actualiza el texto y la fecha a la vez, nunca solo una de las dos cosas. Si detectas un error o una omisión en esta definición, la vía para señalarlo es la página de contacto.